A través de una nueva disposición oficial, el organismo amplió el acceso a tratamientos para patologías leves. La medida incluye principios activos de uso frecuente y se suma a la desregulación previa de los prazoles.
La Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (ANMAT) formalizó la venta libre de diversos medicamentos destinados a afecciones de baja complejidad, una medida publicada en el Boletín Oficial mediante la Disposición N° 4714/2026. El objetivo oficial es facilitar el acceso de la población a estos productos y promover un uso responsable, amparándose en antecedentes de seguridad y eficacia probada.
La normativa alcanza a especialidades medicinales con principios activos específicos y concentraciones determinadas. Entre las drogas incorporadas figuran Trimebutina Maleato, Levocetirizina Diclorohidrato, Fexofenadina Clorhidrato, Dimenhidrinato y la combinación de Nafazolina Clorhidrato con Feniramina Maleato. Asimismo, el listado abarca a la Olopatadina Clorhidrato, Carboximetilcisteína, Cloruro de Aluminio Hexahidratado, Carbonato de Calcio con Tintura de Árnica Montana, Nitrato de Plata e Ivermectina.
Esta decisión se instrumenta en el marco de la Resolución del Ministerio de Salud N° 284/2024, que ya había derivado en la liberación comercial de otros fármacos como los prazoles, la acetilcisteína y formulaciones dermatológicas. Según datos oficiales relevados tras la modificación de los prazoles —cuyos precios aumentaron muy por debajo de la inflación general entre 2024 y 2026—, el cambio regulatorio amplió el acceso, redujo los valores en términos reales y evitó maniobras especulativas en el mercado.
Criterios de evaluación y estándares internacionales
Para autorizar el paso de la venta bajo receta a la modalidad libre, la ANMAT contempló estrictos parámetros técnicos estipulados por la normativa:
- Eficacia y seguridad sostenidas: orientadas al alivio de síntomas fácilmente reconocibles por los usuarios.
- Amplio margen terapéutico: garantizando que una sobredosis accidental o un tratamiento prolongado no representen un riesgo grave para la salud pública.
- Antecedentes comerciales: haber sido comercializados bajo receta en el país durante un mínimo de cinco años sin reportes de eventos adversos graves.
Para la toma de decisión se ponderaron los datos del Sistema Nacional de Farmacovigilancia y los antecedentes de agencias regulatorias internacionales de alta vigilancia (como la FDA de Estados Unidos, la EMA europea, ANVISA de Brasil e INVIMA de Colombia, entre otras). En cuanto a la implementación, los laboratorios podrán comercializar los lotes previos con sus envases originales, mientras que las nuevas partidas deberán adecuar sus artes gráficas e incorporar un código QR con el prospecto digital.
