La prestación del organismo previsional garantiza el cobro del 100% del sueldo bruto durante los 90 días de licencia laboral legal. El beneficio alcanza a personal de casas particulares, empleadas rurales y trabajadoras en relación de dependencia con al menos 12 semanas de gestación. Cómo realizar el trámite online o presencial.
El sistema de seguridad social nacional mantiene plenamente vigente una de sus coberturas fundamentales orientada a la protección de la primera infancia y los derechos laborales de las personas gestantes. La Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSES) regula y ejecuta el pago de la Asignación por Maternidad, un beneficio de carácter económico diseñado para reemplazar el salario de las trabajadoras registradas durante el período de su licencia legal por embarazo y nacimiento. La relevancia de esta asistencia radica en asegurar la estabilidad financiera de los hogares en los últimos meses de gestación y los primeros tres meses de vida del recién nacido, etapas consideradas críticas por los especialistas médicos para el desarrollo cognitivo, motor y el fortalecimiento del apego biológico seguro. La cobertura económica abarca de forma universal a empleadas bajo el régimen general de relación de dependencia, personal temporario, trabajadoras rurales y al personal de casas particulares formalizado.
Para acceder al beneficio previsional, el marco regulatorio de ANSES establece condiciones específicas de elegibilidad técnica. La trabajadora solicitante debe certificar un estado de gravidez de un mínimo de 12 semanas de gestación y acreditar una antigüedad laboral acumulada de al menos tres meses en su puesto de trabajo al momento de dar inicio efectivo a la licencia ordinaria. En el segmento específico de las trabajadoras de temporada o temporarias, el único requisito excluyente es encontrarse en situación de actividad efectiva al momento de la fecha de inicio del período de cese temporal por maternidad.
El esquema para el cálculo del haber difiere del resto de las asignaciones fijas que administra el organismo. En este caso particular, el monto de la prestación equivale exactamente al 100% del salario bruto que la empleada percibiría de continuar desarrollando sus tareas habituales de forma normal. De este modo, las empresas y empleadores particulares quedan eximidos de abonar la remuneración mensual durante los 90 días que dura la licencia legal, asumiendo la ANSES la totalidad de la carga económica, la cual se deposita de forma directa en la cuenta bancaria de la beneficiaria siguiendo el calendario oficial de pagos de las asignaciones familiares operativas.
El proceso de tramitación requiere de la presentación de formularios e instrumentos públicos específicos, los cuales varían rigurosamente de acuerdo con el encuadre y la tipificación del vínculo laboral de la persona gestante:
- Trabajadoras en relación de dependencia general: Deben tramitar de manera obligatoria el Formulario PS 2.55 (Declaración Jurada de Novedades Unificadas SUAF). En este documento, el empleador debe convalidar el Rubro 5, delimitando la fecha de inicio de la licencia (la cual puede fijarse entre un máximo de 45 días y un mínimo de 10 días previos a la fecha presunta de parto). Por su parte, el médico obstetra tratante debe certificar de puño y letra el Rubro 6, validando las semanas de gestación y la fecha del alumbramiento.
- Personal de casas particulares (Servicio Doméstico): Para este sector rige la presentación exclusiva del Formulario PS 2.75 (Declaración Jurada Maternidad Servicio Doméstico), firmado de manera conjunta por la empleada y su empleador. Adicionalmente, se debe adjuntar de forma anexa la constancia oficial de Alta de Personal de Casas Particulares emitida por la AFIP, junto con el Formulario F.102/RT o, en su defecto, los últimos recibos de sueldo que den fe de la realización efectiva de los aportes y contribuciones patronales de ley.
La gestión del beneficio puede canalizarse de forma remota a través de la plataforma digital de Atención Virtual en el sitio web oficial del organismo o, bajo la modalidad tradicional, asistiendo de manera presencial a cualquiera de las Unidades de Atención Integral (UDAI) distribuidas en el territorio nacional, requiriendo en este último caso la solicitud de un turno previo. Antes de dar inicio formal al envío de los formularios, las autoridades recomiendan ingresar al aplicativo Mi ANSES para validar y actualizar los datos de identidad personales, el domicilio de residencia y los vínculos de parentesco del grupo familiar primario. En caso de requerirse modificaciones en la boca de pago, el cambio de CBU bancario puede gestionarse de forma digital dentro del mismo perfil de usuario.
